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Los certificados de profesionalidad facilitan el aprendizaje permanente mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular, a través de la oferta formativa asociada a los certificados.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional, y son expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Además, contribuyen a la integración, transferencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Cualquiera persona que acredite que ha realizado todos los módulos formativos (“itinerario completo") del CP que se pretende obtener.
Aquí tienes un listado con todas las familias profesionales y CP existentes en la actualidad. Pulsa aquí.
Fedeto está acreditado en 40 certificados de profesionalidad de las siguientes familias profesionales:
En cada una de las programaciones Fedeto incluirá varios de estos certificados. Para más información consultar con el personal de Formación.
Se deberá presentar la correspondiente solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de formación profesional para el empleo. Dicha solicitud podrá presentarse por cualquiera de los siguientes medios:
Anexo I Solicitud de Expedición Certificado de Profesionalidad
Anexo II Solicitud de Expedición Acreditación Parcial Acumulable
Previo pago de la correspondiente tasa (41,03 €), la acreditación del cumplimiento de los requisitos se realizará de las siguientes formas:
Sí; pero no es de forma automática. El Real Decreto que regula la obtención de los Certificados de profesionalidad (RD 34/2008, BOE de 31/01/2008) indica en su artículo 8, punto 1, de Vías para la obtención de los certificados de profesionalidad:
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de la superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad, o mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8.4 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Es un procedimiento que permite a las personas que tengan experiencia laboral y/o formación no formal sin acreditar, obtener una acreditación oficial de cualificaciones profesionales completas o de unidades de competencias profesionales aisladas y que pueden estar incluidas en determinados certificados de profesionalidad y/o de determinados títulos de Formación Profesional.
La acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral se puede obtener, previa convocatoria pública, mediante el procedimiento “Acredita”. El objetivo de este procedimiento es la acreditación parcial acumulable, de aquellas Unidades de Competencia que componen las cualificaciones profesionales.
Estas unidades de competencia son las que están incluidas en los Certificados de Profesionalidad y en los Títulos de Formación Profesional.
Las competencias se adquieren al desempeñar un puesto de trabajo, y aquella otra formación no formal, que no esté dirigida a la obtención de una acreditación oficial.
Para informarte de los aspectos generales del procedimiento pulsa aquí